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Los Derechos Humanos y la Guerra del Paraguay I

“¿Cuántas vidas y recursos necesitaremos para terminar la Guerra, es decir, para convertir en humo y polvo a toda la nación paraguaya, para matar hasta el feto en el vientre de la mujer paraguaya?”.
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Esto no lo dijo Bartolomé Mitre, ni Domingo Faustino Sarmiento, lo dijo Luiz Alves de Lima e Silva, el Duque de Caxias, el que en los hechos condujo la guerra después de Curupaití, "para se preparar para vencer e vencer", como lo escuché decir a un teniente coronel brasileño, en uno de esos encuentros en los que los paraguayos reclaman como víctimas, los argentinos, por las dudas, se arrepienten de todo, y los brasileños no se arrepienten de nada, y a mucha honra. Siempre me pregunto por qué, a la hora de reclamar, los paraguayos se ceban contra la Argentina y personifican sus rencores y desventuras, especialmente en Mitre. ¿Será que Brasil es demasiado poderoso y además hace oídos sordos a cuanto pueda empañar siquiera ligerísimamente lo que exalta como legítimas glorias? Porque ni siquiera se han avenido a devolver el conocido cañón "Cristiano", monstruo bélico artesanal capturado durante la guerra. Como quiera que sea, todos los insultos, agresiones y reclamos se le hacen a la Argentina, y a Mitre, total, por acá hay gente de sobra, no sólo dispuesta a darles la razón, sino incluso a sumarles alguna ayuda inventando nuevos agravios.

JEAN BODIN.
JEAN BODIN.

De Uruguay no escribo, porque no tengo elementos de juicio suficientes para hacerlo, quiero decir, para analizar su actualidad respecto de aquella guerra, porque si se trata de violaciones a los derechos humanos por aquellos años, Flores y Pallejas tienen hartos desaguisados para echarles en cara. Y también habría que dejar puntualizado que, probablemente, quienes iniciaron el proceso histórico que convirtió a Mitre en una verdadera Béte Noire sudamericana, fueron los revisionistas uruguayos en su afán de resquebrajar lo que motejaban como su propia "historia oficial". Aclaro que lo de "derechos humanos", es una licencia periodística para hacer más digerible la nota, porque como es sabido, es un anacronismo hacer referencia a ellos antes de la última gran posguerra, ya que hasta que la ONU los sacó a la palestra, esos mismos derechos u otros parecidos giraban bajo otros nombres, verbigracia el "derecho de gentes" en general, y "las leyes de la guerra" en lo militar. En síntesis, el derecho de gentes, a través de un extenso proceso histórico que arranca desde Roma, se vincula concretamente con los derechos humanos en el siglo XVI, cuando el francés Jean Bodin, uno de los padres del absolutismo, es el primero en considerarlo abarcativo de los derechos esenciales al hombre.

DUQUE DE CAXIAS.
DUQUE DE CAXIAS.

En una etapa posterior, la Revolución Francesa alumbra en 1789 la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano", reivindicada como precursora a nivel nacional e internacional de los Derechos Humanos, que con ese nombre ven la luz en el año 1948 por mano de Eleanor, la viuda del polémico mandatario norteamericano Franklin Delano Roosevelt, quien propagandiza la "Declaración Universal de los Derechos Humanos", a los que la ONU historia como generados hacia el año 539 antes de Cristo, cuando Ciro el Grande conquista Babilonia y, según un célebre cilindro de alfarería que lleva su nombre, libera a los esclavos, otorga la libertad religiosa y pauta la igualdad racial, todo un mix coherente para cualquier imperio que se piense universal, y que habría inspirado los primeros cuatro artículos de la actual Declaración.

ELEANOR ROOSEVELT Y LA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
ELEANOR ROOSEVELT Y LA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS.

Con respecto a las Leyes de la Guerra, el esfuerzo por mitigar sus estragos ya lo hallamos entre los judíos con el Antiguo Testamento (Deuteronomio), en el que se busca circunscribir el daño ambiental y se pauta, hasta cierto punto, la conducta con las mujeres capturadas. Entre los musulmanes, con algunas suras coránicas y normas del califato, orientadas a preservar la vida humana, animal y vegetal y poner límites a las muertes en batalla, y, por último, los cristianos, que a través de la Iglesia Católica buscaron definir cuándo una guerra es justa, poniéndole cortapisas mediante la Paz y la Tregua de Dios. Con todo, y para el caso que nos interesa, la Guerra del Paraguay, lo más trascendente es sin dudas el "Tratado de Armisticio y Regularización de la Guerra" acordado en Trujillo en 1820, entre Simón Bolívar y el general español Pablo Morillo, que dio fin a la "guerra a Muerte", declarada por Bolívar en 1813, y es considerado antecedente directo del Derecho Internacional Humanitario.

CILINDRO DE CIRO.
CILINDRO DE CIRO.

Hay otro antecedente que quizás pudiera ser considerado para aquellos años, el llamado "Código Lieber", de 1863, unas "Instrucciones" para los ejércitos de la Unión impartidas por Abraham Lincoln durante la guerra civil, que entre sus aspectos positivos, insistían en el trato humano y ético a dar a las poblaciones de zonas ocupadas, y fueron la primera norma que prohibió expresamente la guerra sin cuartel, la matanza de prisioneros de guerra, los derechos y deberes de éstos, la situación en los territorios ocupados y los medios permisibles e inaceptables para alcanzar esos fines. Con todo, por el escaso tiempo transcurrido desde su impartición, resulta poco probable que se hayan difundido entre los que libraron la Guerra del Paraguay. Por el contrario, sobre las leyes de la guerra en uso entonces, veamos cómo son mencionadas a través de la correspondencia entre Bartolomé Mitre y Francisco Solano López.

DECLARACIÓN DE DERECHOS.
DECLARACIÓN DE DERECHOS.

El diario correntino "La Esperanza", entre los "Documentos oficiales", transcribe cartas de Mitre del 25 de noviembre y 27 de diciembre de 1865 que, entre otras cuestiones, señalan: "El Presidente de la República Argentina y General en Jefe de los Ejércitos Aliados... Al Exmo. Sr. Presidente de la República del Paraguay Mariscal D. Francisco S. López. He recibido la nota que como ... General en Gefe de los Ejércitos Aliados me dirige V.E. desde su Cuartel General en "Humaitá"... en que después de referirse á hechos que supone en desacuerdo con las Leyes de la Guerra perpetrados por los ejércitos aliados sobre los prisioneros paraguayos en el combate del "Yatay" y rendición de la "Uruguayana". Así como otros que V.E. señala, me invita á la observancia de aquellas leyes, significándome su disposición á usar de la represalia en caso contrario àI impuesto de la citada nota de V.E. es de mi deber manifestarle en respuesta que...el ejército que V.E. lanzó sobre esta Provincia de Corrientes y que alcanzó hasta el Paso de Santa Lucía, ha cometido todavía hechos más atroces aún, arrebatando violentamente todos los ganados de millares de establecimientos de campo, incendiando las habitaciones y dejando sin techo ni abrigo á miles de familias de la estensa campaña que han asolado...".

ABRAHAM LINCOLN.
ABRAHAM LINCOLN.

Mitre menciona luego, presumiblemente, a quienes hoy conocemos como "las Cautivas" y al respecto, denosta el proceder de las fuerzas paraguayas, a quienes considera: "... llevando su inhumanidad ó mas bien la de V.E., cuya orden se invocó para el efecto, hasta la barbarie de arrancar de sus casas y conducir prisioneras al Paraguay las inocentes Esposas y tiernos hijos de Gefes patriotas y valientes pertenecientes al Ejército Argentino, que habían permanecido en puntos ocupados por fuerzas de V.E., creyéndole capaz de observar esas mismas prescripciones que hoy invoca a favor de paraguayos prisioneros, habiendo derecho á dudar de la sinceridad de ello en quien los ha desconocido como V.E. lo ha hecho hasta en las mugeres (sic) y en los niños...". Finalmente, Mitre advierte a López sobre las consecuencias perdurables de tales acciones, tanto a los ojos aliados como frente al mundo: "...Todos estos actos que son de pública y evidente notoriedad serán de una ignominia perdurable para quien los ha ordenado ó autorizado ó consentido y, en consecuencia, V.E. tendrá que responder siempre no solo ante los pueblos aliados que le hacen hoy la guerra, sino ante el mundo, todo que ha sido unánime en lanzar un grito de execración contra ellos...". Conceptuado hasta aquí lo percibido como derecho de gentes y leyes de la guerra mediado el siglo XIX, y puesta en claro la distancia que los separa de los "derechos humanos" actuales, en la próxima nota trataré de historiar sus grandes hitos durante el conflicto, partiendo de la defensa de Paysandú (1863) y culminando con la muerte de López en Cerro Corá (1870).