Comercios deberán exponer los precios de contado y con tarjeta

"Todos los locales comerciales, independientemente del rubro, tendrán que exhibir el precio de contado en efectivo y con tarjeta, y aclarar los intereses según la tarjeta que se trate", explicó época el presidente de la Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (APICC), Cataldo Catapano. No se trata de una iniciativa local, sino que se condice con una nueva resolución del Ministerio de Comercio de la Nación, publicada días atrás en el Boletín Oficial. La Resolución 51-E/2017 de la Secretaría de Comercio insta a abordar una política de precios transparentes, exigiendo diferenciar claramente el precio de contado del de cuotas y explicitar el costo financiero total. Asimismo, la norma aclara que no podrá incluirse el costo de financiación en el precio en un solo pago, de manera tal de igualar el precio de contado con un plan de cuotas presentadas como sin interés. Es decir, los comercios no deberán hacer variaciones sobre los precios de venta cuando se pague en una cuota. En contacto con este diario, Cataldo Catapano opinó: "Es una buena medida, es sana para el comercio, ya que va a invitar a la competencia entre las tarjetas. Además, claro, de que da más transparencia a los comerciantes. También agiliza, porque el que compra no tiene que estar preguntando en caja a qué precio le queda el producto según sea en una, seis o doce cuotas. El cliente tiene que saber de entrada lo que va a pagar".

Implementación "Esto tiene que empezar a regir desde febrero. Desde APICC se comunicará a los socios, otros se informarán a través de los medios. Seguramente la aplicación se hará paulatinamente como todo, siempre que sale algo nuevo tarda en acomodarse", apuntó el referente de APICC.
Nueva señalización Según esta nueva resolución, los clientes de comercios deberán tener información completa cuando los precios se exhiban financiados. Deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total. Asimismo se detalla que la información del costo financiero total de la operación "deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos cinco (5) veces mayor - conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho - al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe".

Un solo pago, un mismo precio Queda prohibido efectuar diferencias de precio de un producto en operaciones que se realizan en un único pago. No deberá haber diferencias en "operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago".
Buena aceptación de entidades comerciales
Tanto desde la Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (APICC) como desde la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) dieron el visto bueno a la propuesta. Sobre la nueva resolución, la CAME indicó en un comunicado: "Las PYME venimos advirtiendo cómo las grandes empresas de consumo promueven cuotas supuestamente sin interés, cuando en realidad el precio está inflado y contiene intereses usurarios por el costo de la financiación". La entidad asegura que engaños de este tipo generan un desplazamiento del consumo hacia esos comercios perjudicando a las pequeñas y medianas empresas y, además, conlleva a un impulso artificial de la inflación. En tato que desde APICC, Cataldo Catapano agregó: "Es una manera de sacar de circulación algunas maniobras que sólo buscan confundir a los comerciantes. Así también estamos ayudando a nuestra economías".