Valor de la moneda y seguridad pública II

En oportunidad de escribir la anterior columna relativa al valor de la moneda y la seguridad pública decía que la depreciación monetaria marca en cierto modo el estado emocional de las personas, y que la historia nos recuerda situaciones críticas vividas en el suelo argentino con motivo de la depreciación de la moneda de curso legal o forzoso, con el consecuente encarecimiento de la producción y la elevación del costo de la vida.
Paulatinamente la tranquilidad pública se quebranta. El orden y la paz social se ausentan. Quedan vulnerables otros diversos valores también de orden constitucional.
Al Estado Federado le cabe la responsabilidad de velar por la vigencia del orden y la tranquilidad pública, que son valores trascendentes toda vez que de ningún modo sólo el trabajo de prevención policial es suficiente para la lucha contra el crimen, cualquiera sea; desde un arrebato al tráfico de personas, de estupefacientes o lavado de dinero, he aquí donde concurre la responsabilidad del Estado Federal.
En este sentido, un concepto amplio de la seguridad pública nos lleva a la construcción de instituciones policiales y de seguridad con capacidades superadoras, que tiendan hacia un trabajo protector de los elementos impulsores de la producción y el crecimiento, que son las herramientas de la sociedad organizada para vencer la lucha contra la exclusión social, el desempleo, la deserción escolar, violencia familiar o de género, acceso a las drogas, etc.; donde claramente la depreciación monetaria influye negativamente en estos factores de riesgos del delito.
En este concepto de prevención general es altamente negativo el impacto que genera en las personas en su conjunto la depreciación monetaria, toda vez que arrasa a todos por igual, generando una lucha interna, solitaria y silenciosa; circunstancias donde debe aparecer la competencia del Estado Federal, construyendo cimientos, estructuras superadoras e integrales sobre un asunto que lesiona y daña a la sociedad en su conjunto.
En la sabiduría del soberano debe estar presente que todo Estado debe contar con un sistema de seguridad eficaz, eficiente y suficiente, que sea realizadora de la tranquilidad pública necesaria para el desarrollo y el progreso de los ciudadanos.
Con esa visión amplia de la seguridad pública he participado activamente en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional para la Policía de Corrientes en el año 2005 por designación superior de aquel momento, que no se pudo concluir por decisiones políticas posteriores, posteriormente se materializa con la colaboración entusiasmada de muchas personas durante mi gestión al frente de la Institución Policial en el período diciembre de 2009 marzo de 2014.
En aquel trabajo incorporaba este concepto del siguiente modo: "…El Instituto Superior de Formación Policial será el centro de educación policial de la provincia, con acreditación y proyección institucional, propendiendo un alto grado de desarrollo científico técnico policial, con profundo sentido ético, humanístico y social; participación interactiva entre las redes de las comunidades académicas y científicas dentro de un Estado Nacional, el sistema de seguridad interior, tratados y protocolos vigentes, en coherencia con las nuevas tendencias de la seguridad pública, los derechos esenciales y atributos de la persona humana contextualizado en la doctrina de la Policía de la prosperidad y del Estado social y democrático de derecho". El que es aprobado y se halla vigente actualmente en el espíritu de la formación de la Policía de Corrientes.
Estos conceptos de policía de la prosperidad surgen de los principios filosóficos inspirados en el Preámbulo, en el texto de la Constitución Nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional.

Al decir de un destacado doctrinario constitucional, apunta al desarrollo integral del hombre al crecimiento económico y a la justicia social. En la reforma constitucional de 1994 se incorpora en el Art. 75 el inc. 19 que dice Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo"… a la defensa del valor de la moneda. (Derecho Constitucional Argentino, Segunda Edición Actualizada, Humberto Quiroga Lavié Tomo II Rubinzal Culzoni P.772).
La historia nos ilustra de los acontecimientos pasados, nos ubica en el presente y nos proyecta al futuro.
Sin lugar a dudas en las elecciones generales del año 2015 el pueblo argentino dio un mandato soberano, amplio y generoso.
Es la oportunidad de escribir nuestra propia historia soberana, que es posible con decisión política que hoy se observa en inmejorables condiciones a partir de un equilibrio de fuerzas políticas para la toma de decisiones importantes en el Congreso Nacional, basado en un ideal que es el libre ejercicio de los derechos individuales, que comprenden naturalmente los intereses propios, de los ciudadanos, y alcanza al Estado General como sociedad organizada y en su relación con sus otros iguales estados soberanos.
El valor de la moneda en franco deprecio inquieta naturalmente a la generalidad de las personas, más aún ante el alza del valor de las cosas, bienes y servicios, que implica para el ciudadano común mayor depreciación de la moneda de curso legal en el país, que es rechazada literalmente por los comercios de los países vecinos como la República del Paraguay y el Brasil, según relatos de amigos y conciudadanos.
[quote]En la sabiduría del soberano debe estar presente que todo Estado debe contar con un sistema de seguridad eficaz, eficiente y suficiente, que sea realizadora de la tranquilidad pública necesaria para el desarrollo y el progreso de los ciudadanos.[/quote]
Claramente se puede colegir que el problema no es el valor de las cosas, bienes y servicios. El problema está en el valor de la moneda. En otras palabras, el problema comienza, se proyecta y concluye en el valor de la moneda para una solución equilibrada.
Este hecho actual inquietante, al mismo tiempo genera oportunidades para que nuestras autoridades constituidas y del Congreso nacional - tal sus atribuciones constitucionales - para que con el empeño de todos, proyecte y se concrete un plan estratégico de crecimiento, estableciendo como columna un orden monetario con un respaldo en el patrón oro, teniendo presente el mandato constitucional y los tratados internacionales vigentes en el país, para lo cual el Estado argentino cuenta sobradamente con los valores necesarios para su logro y establecimiento.
Así, parafraseando a un filósofo antiguo podemos decir que "el objeto de la ciencia es buscar el conocimiento olvidado. Todo está en cada hombre, sólo debe recordarlo".
Es la historia que falta escribir y debe ser escrita por nosotros, por los argentinos. El plan de acción que informa la Constitución Nacional proyecta el futuro con directrices concretas como las normas antes citada, y aquella que atribuye al congreso hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras.
Así lo ha hecho Estados Unidos durante la Segunda Guerra Mundial en el año 1944 al erigirse como potencia mundial en la conferencia de Bretton Woods, imponiendo aquellas condiciones que le eran favorables por sobre los intereses de sus propios aliados.
Salvando aquellos momentos históricos difíciles, sin lugar a dudas en la acción para una depreciación monetaria se hallan presentes intereses extraños perono tan desconocidas; si tenemos presente la historia que nos informa a través de aquellos momentos difíciles, y hasta violentos que experimentaron los pueblos en distintos momentos, modos, circunstancias y actores, sobre la presencia de una idea de dominación de una situación para tornarlos favorables, en claro detrimento de otros muchos con intereses legítimos,
Siempre después de finalizado una etapa difícil, los puebles han tomado decisiones estratégicas para el crecimiento del estado soberano, para ello es necesario imponer la primacía del poder político sobre los mercados, tal nos informa la historia contemporánea.
El establecimiento por ley del Congreso nacional de un plan monetario estratégico es el principio rector que nos proyectará hacia el logro a largo plazo de la prosperidad de todos, la tranquilidad y paz social, y así poner en vigencia la cláusula del progreso que ha sido mantenida en la reforma constitucional de 1994 por nuestros constituyentes.
De este modo sin lugar a dudas, con fe y esperanzas se estará haciendo historia propia, y se pondrá en vigencia directrices de nuestro sistema constitucional argentino.
(*) Abogado. Especialista en Lucha contra el narcotráfico. Ex Jefe de Policía de Corrientes Dic-2009 Mar-2014.