Avanza la regulación del uso de monopatines eléctricos en Capital
Cada vez son más las personas que optan por circular en el microcentro capitalino con este medio de movilidad pequeño, ágil y sustentable. No obstante, carece de normativas de control en la ciudad. El Concejo Deliberante analiza al menos tres proyectos de regulación.

Los medios de movilidad y transporte son tan amplios como la creatividad humana lo permite. Tantas y tantas formas de transporte se han creado en el mundo y en todos los casos se han ajustado a las necesidades de los usuarios, clientes o dueños de dichos medios de movilidad.
A lo largo de la historia nos hemos encontrado con una gran diversidad de creaciones en este rubro y que han venido a satisfacer esas demandas. Hoy podemos ver cómo la generación de nuevos medios de transporte, o el perfeccionamiento de aquellos que ya existen, suelen estar vinculados a factores culturales, económicos, físicos, legales o ambientales, solamente por nombrar algunos de ellos.
Hay en el mundo un enorme abanico de medios de movilidad cuya principal característica es la sustentabilidad, ya que muchos vehículos producen gases de efecto invernadero y contribuyen al calentamiento global. Hoy hay una industria que se ha enfocado en la generación de medios de movilidad que no generen contaminación, que se alimenten de energías renovables y sean sostenibles en el tiempo.
No es raro que veamos colectivos, tranvías, trenes y otros vehículos dedicados al transporte público que funcionen a energía eléctrica sin el uso de combustibles fósiles. Lo mismo ocurre con los autos, camionetas y hasta camiones. Es decir que los vehículos de uso privado también han tomado ese rumbo.
Como alternativas más económicas, también han vuelto a resurgir las bicicletas que generan además un beneficio notable en la salud de quienes eligen dicho medio. También han aparecido opciones como los conocidos "monopatines eléctricos".
Los monopatines eléctricos aparecieron tanto en los grandes como los pequeños núcleos urbanos. La capacidad que aportan a los usuarios para desplazarse de forma rápida y ágil hizo que sean uno de los medios de transporte más prácticos.
Es un vehículo individual que cuenta con dos ruedas, un patín al que subir y un manillar con el que controlar el vehículo. Hoy, el monopatín eléctrico ha abierto la puerta a un nuevo concepto de vehículos: los llamados VMP o Vehículos de Movilidad Personal.
En el mundo, hoy se define a un VMP como un vehículo con una o más ruedas que está dotado de una única plaza y propulsado, exclusivamente, por motores eléctricos que le pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre los seis y los 30 kilómetros por hora.
Corrientes avanza con la regularización de su uso en las calles
Con el incremento sostenido de estos vehículos circulando por la ciudad, también aumentaron las consultas sobre qué derechos tienen los conductores de monopatines y, sobre todo, qué responsabilidades y obligaciones tienen en caso de ocurrir siniestros viales.
Lo cierto es que al día de hoy no existe una normativa específica que regule el uso de monopatines eléctricos en la ciudad de Corrientes ni tampoco a aquellos vehículos encuadrados en los Vehículos de Movilidad Personal.
Por ello, el Concejo Deliberante de la ciudad está trabajando en una reglamentación particular para el rubro, que pueda contener las reglas generales y requisitos para la circulación dentro de las calles y qué responsabilidades les cabe a sus propietarios.
Al día de hoy existen tres proyectos presentados sobre la regulación del uso de monopatines eléctricos en el cuerpo deliberativo de la capital provincial. Dos de esos proyectos pertenecen a ediles del oficialismo local, mientras que el restante a una concejal de la oposición.
Los proyectos del oficialismo fueron presentados, por un lado, por Sofía Vallejos y Cecilia Ojeda Duarte, en el año 2022; mientras que el segundo proyecto es autoría del liberal Julián Miranda Gallino.
Por su parte, Mercedes Franco Laprovitta (integrante del bloque del Frente de Todos) había enviado un proyecto en abril de 2021 buscando la regulación de la actividad.
Según la información suministrada desde el Concejo Deliberante, los tres proyectos se encuentran siendo tratados por la Comisión de Legislación, Asuntos Constitucionales y Juicio Político, hoy presidida por Fabián Nieves (Coalición Cívica - ARI).
En líneas generales, todos los proyectos presentan las mismas características, con alguna diferencia pequeña. La mayoría de las similitudes están vinculadas a los elementos necesarios para la circulación, los ámbitos de circulación habilitados y prohibidos, la documentación necesaria al momento de circular y las posibles sanciones en caso de que se registren irregularidades.
"Los tres proyectos están en la comisión, el objetivo que se persigue es el de poder unificarlos y emitir un despacho favorable o bien consensuar la cuestión dentro de la comisión y tomar el texto de uno de los proyectos que quedaría como texto final", señalaron fuentes del Concejo Deliberante. Asimismo, reconocieron que "la cuestión avanza con buen ritmo y seguramente en poco tiempo la ciudad podrá contar con una ordenanza aprobada".
Dentro de los requisitos que incluyen los proyectos de ordenanza presentados en el cuerpo deliberativo se pueden resaltar algunos, como el uso obligatorio de casco al momento de circular, como así también el de chalecos refractarios. El vehículo debe contar con iluminación delantera y trasera que deben estar encendidas en todo momento, la prohibición de circulación en autopistas, autovías, rutas, y la habilitación de circulación en calles y avenidas, la contratación obligatoria de un seguro de responsabilidad civil (seguro contra terceros), la portación del DNI al momento de circular, la creación de un registro de propietarios de Vehículos de Movilidad Personal, entre otros.
Así también, todos los proyectos facultan al Departamento Ejecutivo o a las oficinas pertinentes a establecer las penas y multas correspondientes en caso de encontrar irregularidades. Además, faculta a la Subsecretaría de Tránsito a realizar los controles correspondientes en la ciudad.
Disposición nacional
Hoy en día, al no existir una normativa específica de control y regulación de estos vehículos en el país, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV por sus siglas) ha emitido una disposición en la que establece características generales de control y un marco regulatorio genérico para que las ciudades tengan al menos una herramienta y evitar el vacío legal en este ámbito.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dictó una disposición que establece que los monopatines y patinetas eléctricas solo pueden circular por las ciudades (calles y avenidas), la velocidad máxima es 30 kilómetros por hora y la utilización del casco es obligatoria. Además, este tipo de vehículos debe poseer un sistema de freno que permita su detención total e iluminación delantera y trasera.
Esta nueva disposición aclara que se prohíbe su uso a menores de 16 años y que solo podrá circular una persona, sin acompañante. Por otro lado, establece que para todas aquellas jurisdicciones que se encuentren adheridas a las leyes nacionales Nº24.449, Nº26.363 y sus normas reglamentarias, será aplicable el régimen de sanciones y faltas establecidas en ellas. Es importante aclarar que este nuevo marco de regulación se debe a que estos tipos de vehículos no eran contemplados en la Ley Nacional de Tránsito Nº24.449, a diferencia de otros vehículos como las bicicletas y motos eléctricas.
Según indica además la ANSV, la autoridad jurisdiccional competente será la responsable de implementar y fiscalizar el cumplimiento de lo establecido por el presente.
La autoridad jurisdiccional competente podrá, si así lo considere, establecer limitaciones adicionales a la circulación en la vía pública de vehículos definidos en el marco de sus facultades, siempre que estas no se contrapongan a lo establecido en el presente marco regulatorio.
Municipalidad de Corrientes: control y prevención
A pesar de no contar aún con una normativa específica para el trabajo sobre el rubro, desde la Secretaría de Movilidad Urbana municipal indicaron que el área se encarga de realizar controles en base a la Disposición 480/2020.
"Hasta tanto tengamos un marco regulatorio y sancionatorio respecto de la circulación en monopatín eléctrico, hoy estamos trabajando dentro del marco de la disposición, realizando los controles pertinentes", señalaron desde el área especifica. "Nuestra tarea hoy se aboca a un trabajo de concientización y prevención en la circulación y el uso correcto de estos vehículos", indicaron.
"Aconsejamos el uso de casco, la utilización de chalecos refractarios para la visibilidad en la circulación, recordamos que los frenos deben estar en buenas condiciones para el uso del monopatín en la calle", detallaron.
Ciudades con regulación específica
Cabe destacar que ya existen ciudades en Argentina que cuentan con un marco regulatorio específico en el caso de los Vehículos de Movilidad Personal, que fue dictado por los municipios a través de los respectivos concejos deliberantes.
Por ejemplo, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido una de las primeras en avanzar en la regulación de la actividad, ya que existe una ley aprobada por la Legislatura porteña desde mayo de 2019 y que tiene como características principales las explicadas anteriormente.

Un año más tarde, la ciudad de Rosario ha sido otro de los conglomerados urbanos que avanzó en la regulación de los monopatines a través de una ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante local.

Como tercer ejemplo, se puede citar a la ciudad de Córdoba que avanzó en una ordenanza normativa específica a fines del año pasado, mientras se esperaba su reglamentación y aplicación para 2023.